REVISION Impuesto Único de Segunda Categoría: requisitos, montos y preguntas frecuentes

¿Qué es el Impuesto Único de Segunda Categoría? ¿Cuáles son sus requisitos y montos asociados? El Impuesto Único de Segunda Categoría es uno de los impuestos obligatorios en Chile que se cobra a las personas que perciben rentas por el desarrollo de actividad laboral de forma dependiente. Es de carácter progresivo y es descontado por el mismo empleador. En este artículo veremos las características de este impuesto.

Impuesto Único de Segunda Categoría

 

¿Qué es el Impuesto Único de Segunda Categoría?

El impuesto único de segunda categoría se aplica solamente sobre la renta de trabajadores dependientes (a diferencia del Global Complentario), o sea, sobre los salarios que resultan producto de un contrato de trabajo. Lleva la palabra “único” en su nombre ya que si ese trabajo es la única fuente de ingresos del trabajador, no necesita realizar ninguna declaración de impuestos adicional.

El Impuesto Único de Segunda Categoría se cobra sobre las rentas imponibles, después de haber sido descontados los aportes previsionales y de salud. El impuesto se cobra sobre las rentas efectivamente percibidas, y es directamente descontado por el empleador mes a mes. Por esto, la responsabilidad de retener y pagar el impuesto al fisco recae exclusivamente sobre tu empleador.

 

Impuesto Único de Segunda Categoría

 

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Impuesto Único de Segunda Categoría: Montos

Como ya mencionamos, el Impuesto Único de Segunda Categoría es progresivo. ¿Qué significa esto? Que el impuesto va aumentando su  tasa de impuesto efectiva máxima a medida que aumenta el monto de la renta líquida imponible. En definitiva, esto implica que las personas con mayores sueldos pagan un mayor porcentaje de su salario imponible al fisco.

En la actualidad existen 8 tramos según tu renta líquida imponible. El primer tramo está exento de impuestos, y corresponde a salarios que tengan hasta un máximo de $620.986,50 de renta líquida imponible.

Tramos del Impuesto único de Segunda Categoría:

Los tramos del impuesto único de segunda categoría son los siguientes:

Monto de Cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría
Períodos Monto de la renta líquida imponible Factor Cantidad a rebajar Tasa de Impuesto Efectiva
Desde Hasta
MENSUAL -.- $ 671.260.50 Exento -.- Exento
  $  671.260.51 $ 1.491.690,00 0,04 $ 28.850,42 2,20%
  $ 1.491.690,01 $ 2.486.150,00 0,08 $ 86.518,02 4,52%
  $ 2.486.150,01 $ 3.480.610,00 0,135 $ 223.256,27 7,09%
  $ 3.480.610,01 $ 4.475.070,00 0,23 $ 553.914,22 10,62%
  $ 4.475.070,01 $ 5.966.760,00 0,304 $ 885.069,40 15,57%
  $ 5.966.760,01 Y MÁS 0,35 $ 1.159.540,36 MÁS DE 15,57%
QUINCENAL -.- $ 335.630,25 Exento -.- Exento
  $ 335.630,26 $ 745.845,00 0,04 $ 13.425,21 2,20%
  $ 745.845,01 $ 1.243.075,00 0,08 $ 43.259,01 4,52%
  $ 1.243.075,01 $ 1.740.305,00 0,135 $ 111.628,14 7,09%
  $ 1.740.305,01 $ 2.237.535,00 0,23 $ 276.957,11 10,62%
  $ 2.237.535,01 $ 2.983.380,00 0,304 $ 442.534,70 15,57%
  $ 2.983.380,01 Y MÁS 0,35 $ 579.770,18 MÁS DE 15,57%
SEMANAL -.- $ 156.627,40 Exento -.- Exento
  $ 156.627,42 $ 348.060,90 0,04 $ 6.265,10 2,20%
  $ 348.060,91 $ 580.101,50 0,08 $ 20.187,53 4,52%
  $ 580.101,51 $ 812.142,10 0,135 $ 52.093,11 7,09%
  $ 812.142,11 $ 1.044.182,70 0,23 $ 129.246,61 10,62%
  $ 1.044.182,71 $ 1.392.243,60 0,304 $ 206.516,13 15,57%
  $ 1.392.243,61 Y MÁS 0,35 $ 270.559,34 MÁS DE 15,57%
DIARIO -.- $ 22.375,30 Exento -.- Exento
  $ 22.375,32 $ 49.722,90 0,04 $ 895,01 2,20%
  $ 49.722,91 $ 82.871,50 0,08 $ 2.883,93 4,52%
  $ 82.871,51 $ 116.020,10 0,135 $ 7.441,86 7,09%
  $ 116.020,11 $ 149.168,70 0,23 $ 18.463,77 10,62%
  $ 149.168,71 $ 198.891,60 0,304 $ 29.502,25 15,57%
  $ 198.891,61 Y MÁS 0,35 $ 38.651,27 MÁS DE 15,57%

Impuesto Único de Segunda Categoría: Preguntas frecuentes

A continuación algunas preguntas frecuentes sobre el Impuesto Único de Segunda Categoría:

¿Se puede recuperar el Impuesto Único descontado en la declaración de renta?

  • Para comprobar si es que puedes recuperar el Impuesto Único de Segunda Categoría, puedes revisar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) en el menú de renta. Para recuperar el impuesto puedes utilizar las rebajas de rentas y créditos como:
    • Intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria o dividendos hipotecarios de viviendas DFL 2.
    • El Ahorro Previsional Voluntario (APV) y el 20% de los Fondos de Inversión.
    • Crédito por Gasto en Educación.

¿La cotización de salud superior al 7% aplicada a una renta imponible de 74,3 UF es tributable en este impuesto?

  • Así es. Esta cotización adicional de salud desde enero del 2016 es tributable para efectos del Impuesto Único de Segunda Categoría, ya que permite rebajar por concepto de cotización de salud.

¿Qué ingresos están exentos del Impuesto Único?

  • Existen una serie de ingresos no rentas que no tributan el Impuesto Único:
    • La asignación familiar, los beneficios previsionales y la indemnización por desahucio y retiro hasta un máximo de un mes de salario por año de servicio o fracción.
    • Pagos de alimentación, movilización o alojamientos proporcionados por el empleador.
    • Asignaciones de traslación y viáticos.
    • Montos por concepto de gastos de representación dentro del marco de la ley.
    • Pensiones o jubilaciones percibidas desde el extranjero.
    • Gastos relacionados a becas de estudio.

 

¿Tienes dudas sobre el Impuesto Único de Segunda Categoría? Puedes poner tus dudas en los comentarios y te ayudaremos lo antes posible 🙂

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