¿Aún no tienes claro a cual Régimen de Pensiones afiliarte? A continuación te explicamos sobre el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que es una de las opciones que funcionan bajo el Sistema General de Pensiones. En este post te explicaremos qué es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, cuáles son sus características y sus requisitos.
¿Qué es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad?
El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, es aquel mediante el cual los afiliados gozan del derecho a una pensión de jubilación o vejez.
El derecho a esta pensión, la escogen los afiliados a la edad que ellos decidan, siempre y cuando el capital acumulado, le permita obtener una pensión mensual siendo esta superior al 110% del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV)
El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad está administrado por las 4 AFP autorizadas en Colombia, las cuales son:
- Porvenir.
- Colfondos.
- Protección.
- Old Mutual.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: ¿Cuáles son las características?
Las características principales de Régimen de Prima Media son las siguientes:
- La edad es elegida por los afiliados.
- Existe un cuenta individual para cada afiliado donde se ingresan todos sus aportes y los del empleador, las cotizaciones voluntarias y los bonos pensionales.
- Los factores sobre los cuales depende el monto de la pensión son el monto acumulado de la cuenta, la edad de retiro, la modalidad de pensión, rentabilidad de los ahorros acumulados y las semanas cotizadas.
- El control y vigencia de las entidades administradoras de los fondos de pensiones está llevada a cabo por la Superintendencia Financiera de Colombia.
- El Estado garantiza los ahorros del afiliado en caso de que se incumplan con las obligaciones por parte de las entidades administradoras o aseguradoras.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: ¿Cuáles son los requisitos?
El único requisito indispensable para poder recibir las pensiones bajo el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, es reunir el capital suficiente para pagarse su propia pensión. Este capital deberá ser superior al 110% del salario mínimo de acuerdo a lo que se dispone en el artículo 64 de la Ley 100 de 1993.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: ¿Se puede cambiar al Régimen de Prima Media?
Efectivamente, se puede realizar el cambio de un régimen de pensiones. Para poder efectuar el cambio de un Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad a un Régimen de Prima Media, se deberá haber cumplido 5 años en el régimen anterior; se tendrá que diligenciar y firmar el formulario de vinculación al Sistema General de Pensiones. Además, deberá ir acompañado por el documento de identificación y por último, radicar los documentos en cualquier punto de atención de Colpensiones.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: ¿Se puede cambiar de un fondo privado a otro fondo privado?
Sí se puede realizar el cambio de un fondo privado a otro privado. El afiliado deberá cumplir y realizar los siguientes pasos:
- Permanecer al menos 6 meses en el fondo privado original.
- Presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%.
- Entregar y acercarse a las oficinas del nuevo fondo privado al cual se desea trasladar.
Prestaciones a la cual tiene derecho
Los suscritos a este régimen tienes por derecho a diferentes tipos de reconocimiento:
- Pensión de vejez, sin discriminar que no estén sujetos a los requerimientos de tiempo,, cotización y edad, habilitando el monto mínimo para estos casos.
- Pensiones por invalidez, también aplica a la pensión de sobreviviente, teniendo en cuenta que se estipulan los mismo requisitos del régimen de prima media.
- Auxilio por defunción.
Recibimiento de la pensión
Todo depende del tipo de pensión que se halla inclinado, existiendo tres modalidades:
- Retiro Programado: Esta opción es la que da potestad al fonde de pensiones administrar los recursos de la cuenta individual, tasando las mesadas teniendo en cuenta el capital que se halla acumulado en el tiempo, también, se tiene en cuenta la expectativa de vida del usuario.
- Renta vitalicia inmediata: Esta es la opción más similar a la retribución que se otorga en el régimen de prim media, ya que de igual manera, se solicita el contrato de un seguro para poder trasladar los recursos monetarios en el tiempo que le queda de vida al trabajador; para luego, establecer un análisis del monto total y tasar el monto en el tiempo estimado para el disfrute del trabajador.
- Retiro programado con renta vitalicia: Esta es la sinergia de las dos anteriores modalidades de pensión, iniciando con los pagos de la administradora de fondos de pensiones, para luego pasar a una aseguradora y obtener los diferentes opciones que cada una posee.
Traslado de una régimen de ahorro individual a un régimen de prima media o viceversa
Los traslados podrán ser efectivos luego de un tiempo de permanencia mínimo, y este se da una sola vez en un periodo estimado de cinco años, tenidos en cuenta a partir de la selección inicial.
No obstante, El titular no podrá realizar el traslado si el tiempo para culminar con su obligación laboral es de 10 años, con la excepción de que la persona se encuentre en el régimen de transición por haber cumplido más de 15 años en cumplimiento de aportes financieros.
Una vez que hayas leído este post sobre la afiliación al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, ¿Elegirías esta opción? ¿Te parece la más adecuada? Coméntanos que opinas sobre este tema.
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