Limite de Compra de Dolares
DESTACADO: Nuevos Requisitos para la Compra de Dolares
El 19 de Agosto comenzó a tener vigor una nueva reglamentación de la Unidad de Información Financiera (UFI) contra el lavado de dinero, que limita aun mas la compra-venta de divisas extranjeras. En pocas palabras, rebaja el limite de compra de dolares.
El nuevo marco legal a respetar se dio a conocer a través de la resolución 12/2011 publicada en el Boletín Oficial. Mediante esta resolución, la Unidad de Información Financiera (UIF) reformuló las pautas a seguir por los bancos y los compradores de dólares a fin de combatir el lavado de dinero.
La nueva reglamentación hace una diferenciación en cuanto a los compradores ocasionales y a los compradores habituales de divisas. Los compradores habituales son aquellos clientes con los que se entabla una relación de permanencia y aquellos clientes con los que si bien no se entabla una relación de permanencia, realizan operaciones por un monto anual que alcance o supere $60.000 o su equivalente en otras monedas, establece la norma.
En cambio, los operadores ocasionales son aquellos clientes con los que no se entabla una relación de permanencia y cuyas operaciones anuales no superan $60.000 o su equivalente en otras monedas. De esta manera, los nuevos límites para la compra de dolares se ubica en los 60.000 pesos anuales (menos de 15.000 dolares al cambio de hoy).
A su vez, existe otro límite, que en este caso es mensual, y que se ubica en un importe de 10.000 pesos, para las compras de divisas realizadas en un mismo mes calendario.
Cualquier persona que realice operaciones de compra-venta de divisas por un importe mayor, deberá presentar documentación adicional en el banco o casa de cambio donde se debe justificar el origen de los fondos utilizados para realizar la compra de esas divisas.
Estas medidas, si bien tienden a controlar el lavado de dinero, no hace otra cosa que elevar la cotización del dolar paralelo o del llamado dolar blue. En ambos casos, son dolares comprados en el mercado negro (las «cuevas financieras»), donde no se pide ningún dato del comprador ni del vendedor de dichos billetes.
La resolución obliga a requerir los siguientes datos a los compradores de dólares, ya sean habituales u ocasionales:
- Nombre y apellido completos.
- Fecha y lugar de nacimiento.
- Nacionalidad.
- Sexo.
- Tipo y número de documento de identidad que deberá exhibir en original y al que deberá extraérsele una copia.
- CUIL, CUIT o CDI.
- Domicilio real (calle, número, localidad, provincia y código postal).
- Número de teléfono y dirección de correo electrónico.
- Declaración jurada indicando estado civil y profesión, oficio, industria o actividad principal que realice.
- Declaración jurada indicando expresamente si reviste la calidad de persona expuesta políticamente.
De tratarse de empresas compradoras habituales u ocacionales, los requisitos son los siguientes:
- Denominación o razón social.
- Fecha y número de inscripción registral.
- CUIT o CDI. Este requisito será exigible a extranjeros en caso de corresponder.
- Fecha del contrato o escritura de constitución.
- Copia del estatuto social actualizado, certificada por escribano público o por el propio sujeto obligado.
- Domicilio legal (calle, número, localidad, provincia y código postal).
- Número de teléfono de la sede social, dirección de correo electrónico y actividad principal realizada.
- Copia del acta del órgano decisorio designando autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social, certificadas por escribano público o por el propio sujeto obligado.
- Datos identificatorios de las autoridades, del representante legal, apoderados y/o autorizados con uso de firma, que operen ante el sujeto obligado en nombre y representación de la persona jurídica.
- Titularidad del capital social (actualizada).
- Identificación de las personas físicas que directa o indirectamente ejerzan el control real de la persona de existencia jurídica.
Sin embargo, no todos estan de acuerdo con la efectividad de estas medidas, según podemos ver en el siguiente informe de la CNN
Yo empiezo a pagar mi casa el mes que viene, y tengo las cuotas en dolares, como hago para comprar los dolares para pagarle al dueño de la casa?
Saludos
A lo único que apuntan estas medidas es a perjudicar a los pequeños ahorristas. Porque los «otros» siguen haciendo pingües negocios en el mercado paralelo de todos modos. Y ya que se lo menciona, justamente favorece que «este prolifere como hongo después de la lluvia».¿Por qué el ucedeísta Boudou y el patotero Moreno, junto a Echegaray no persiguen a los especuladores de este mercado?¡Miserables!
CNN = Basura periodística = FMI = Esclavización. Dejen de tomar la teta de los que nos jodieron siempre.
Otra medida IMBECIL de un gobierno MEDIOCRE.
VENDO DOLARES. DIE34@LIVE.COM
LA USURA ES LA MADRE DE TODAS LAS MISERIAS Y ESCLAVITUD DE LAS NACIONES.
Esto es increíble siempre persiguen al pueblo, y a los corruptos de los K , Y TODA SU COMPANIA QUEEEEEEEE, ???? dejensen de joder manga de choriflautas, viven como reyes con la nuestra, CARADURASSSSSSSSS.