28 enero, 2018

Compra y Venta de Dólares BCRA: ¿quiénes pueden comprar y vender dólares?

Por dolarhoy

Compra y Venta de Dólares BCRA: ¿quiénes pueden comprar y vender dólares?. El Banco Central (BCRA) dió vía libre a los comercios, cadenas de supermercados, hoteles y personas a que puedan ser agentes de cambio, es decir podrán comprar y vender dólares, aunque no se aclaró si también otras divisas. Podrán anotarse en un registro. Desde el 1° de Marzo 2018. Por lo que desde dicha fecha podrán comprar y vender dólares en supermercados y en comercios.

 

El Banco Central en una medida que puede ser polémica, habilitó la posibilidad que empresas, comercios de diversos sectores y hasta las personas físicas puedan ser agentes en el mercado cambiario.

Como toda medida de este tipo, tiene sus ventajas y sus contras, así como hay beneficios, también dificultades la compra y venta de dólares en comercios. El Banco Central impulsa esta medida ya que ayudará a reducir la especulación y la informalidad en el mercado cambiario, aunque pueden sumarse, los supermercadistas y kiosqueros no ven del todo las ventajas.

Al darse la ampliación del mercado cambiario permitiendo la participación de comercios y personas físicas a partir de la resolución del Banco Central, estiman que supondrá un «impacto positivo» en la economía, según la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), señala que:

«La medida tendrá un impacto positivo en la economía no sólo porque simplifica una operatoria que forma parte de la vida cotidiana de individuos y empresas, sino porque reduce la especulación y elimina la informalidad de ese mercado».

¿Mayor Ingresos para Comercios?

Y además incluye «una posibilidad de ingresos adicional para los comercios que lo deseen y podría reducir los márgenes entre compra y venta».

El presidente de la CAME, Fabián Tarrío resalta que la medida: «Apunta a seguir levantando barreras y desburocratizando la economía, se trata de pequeñas acciones positivas que reduzcan el laberinto de costos que enfrentan empresarios y consumidores cotidianamente».

Interior del País:

En el interior del país, existen pocos bancos, casas de cambio y el precio del dólar es más alto, con esta medida permitiría dar más oportunidades de poder comprar y vender dólares y de hasta tener más variedad en el tipo de cambio y equilibrar el precio del dólar con las grandes ciudades al aumentar la oferta y más lugares para comprar dólares.

Pros y Contras:

Además «blanquea un mercado que tenía un sinnúmero de actores ilegales y los obligará a formalizarse para que el público encuentre más seguro comprar en comercios», y, se podrá tributar más y aumentar los ingresos fiscales. Aunque desde la entidad señalan que «no todos se sumarán porque aumenta la liquidez en efectivo y requerirá mayores medidas de seguridad».

Según CAME: «A las Pymes exportadoras les permitirá realizar o recibir giros de comercio exterior por casas de cambio, lo que mejora la competencia con los bancos y debería bajar los costos», y «reduce la especulación con el dólar y el valor blue debería converger al valor del dólar formal».

En el sector del turismo internacional, la medida es vista como «muy positiva» al facilitar la operatoria, volviendo «más atractiva a la Argentina». Aunque: «Hay que ver cómo se reglamenta para no facilitar operaciones de blanqueo de dinero producto de narcotráfico o venta ilegal de mercaderías en lugares no habilitados».

El Banco Central sancionó un nuevo marco normativo que habilita desde Marzo 2018 a comercios y personas físicas, a poder operar en el mercado de cambios. Por ejemplo una cadena de supermercados, una cadena de electrodomésticos, hoteles o cualquier otro comercio podrán comprar y vender monedas extranjeras más allá de su actividad principal, facilitando el cambio de moneda extranjera, a los turistas extranjeros.

Mediante el decreto 27/18, el BCRA dispuso que las empresas de cualquier sector que operen habitualmente en el mercado libre de cambios podrán ser una agencia de cambios, siendo su único requisito, en el inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

  • Las personas físicas previamente deben constituir una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

Supermercados:

No lo ven del todo positivo, el comercio minorista viene evaluando la disposición del Banco Central (BCRA), que ven como interesante para las ciudades turísticas, en base al relevamiento sectorial. El director ejecutivo de la Asociación de Supemercados Unidos (ASU), Juan Carlos Vasco Martínez, señala que el sector supermercadista «evaluará la medida, pero por ahora no parece haber demasiado interés». «Ya es complejo manejar un supermercado, por lo que ponerse a funcionar como casa de cambio sería más complejo».

Asegura que: «No es algo imposible, quizá sería posible en las zonas turísticas. Lo que pasa que el ‘core’ (corazón) del negocio supermercadista es la venta de productos de consumo masivo. Esta posibilidad de vender dólares no despierta gran interés».

Para Fernando Aguirre, de la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), agrupa a los supermercados regionales, cree que «es prematuro opinar. Aún no se conocen las exigencias» para aplicar este tipo de medidas. Mientras que otro supermercadista estima que es «complicado por el tema de la seguridad. Habría que tener un lugar totalmente independiente y personal especializado».

Kiosqueros:

Para Sergio de Acha, presidente de Kiosqueros Unidos, «seguramente se venderán dólares en los kioscos en las zonas donde sea rentable realizarlo». Y que: «Va a haber que readecuar los negocios para realizar esta actividad. En los lugares turísticos es importante que lo podamos hacer».

Y que «en muchos kioscos hoy realizamos la tarea de cobro de facturas y en su momento se enviaba dinero al exterior. Habrá que implementar otras medidas de seguridad y costos, porque para muchos no va a ser rentable». Aunque considera que «es una buena oportunidad de negocios para todos los kiosqueros que tenemos una difícil situación».

Damián Di Pace, especialista en consumo de la consultora Focus Market,estima que «la medida busca que haya más operadores para que se reduzca la brecha entre el dólar oficial y el paralelo». Los comercios pequeños deberán acondicionar sus locales y en especial tener seguridad, algo que «en los supermercados y grandes cadenas es más fácil». Considera que: «Quizá sirva para los kioscos del microcentro que atienden a turistas».

Matías Wilson, jefe de Economía de la Cámara Argentina de Comercio (CAC) cree que «hay que ver qué efecto tendrá esto. No creo que la gente se vuelque masivamente a comprar y vender dólares en el supermercado”. Ya que: “Persiste una cuestión cultural y es que un banco o una casa de cambio oficial aporta más tranquilidad”.

Inscripción en el Mercado Cambiario:

La medida del BCRA como requisito exige que «los comercios deberán estar registrados para operar en el mercado cambiario”. Ya que: “La normativa propone algunos comercios como supermercados, hoteles y cadenas de electrodomésticos, pero todos deberán estar inscriptos en el BCRA como operadores”.  A partir de “esta inscripción podrán operar en el mercado cambiario. Este es un mercado regulado. Si no se registra se está fuera de la ley”. 

Esta nueva norma «apunta a tener un mercado más transparente y con mayor competitividad”, y «ésta es una medida que toma el BCRA para combatir los arbolitos y aumentar la competitividad en el mercado financiero”.

 

Compra y Venta de Dólares BCRA: ¿quiénes pueden comprar y vender dólares?

Registro de Operadores de Cambio:

Será un Registro de Operadores de Cambio online, de libre acceso y disponible en la Web del BCRA.

Requisitos:

El único requisito es el inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

Las personas físicas previamente deberán haber constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

 

  • Solicitar autorización para operar en el mercado cambiario.
  • Sólo se autorizará a los que estén familiarizados con este tipo de operatorias.
  • Informar los integrantes de la sociedad en la Web de AFIP con la Clave Fiscal.
  • Si operan en la vía pública, los arbolitos deben estar claramente identificados como un chaleco, gorra, cartel, pechera u otra identificación que reflejen a que operador autorizado pertenecen.
  • Las casas de cambio deberán mantener una responsabilidad patrimonial computable mínima de 5 millones de pesos.

Quiénes Pueden Comprar y Vender Dólares:

El BCRA habilita a comercios e individuos para operar en cambios

En el marco de la reglamentación del reciente Decreto 27/18, el BCRA dispuso que las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el Mercado Libre de Cambios podrán funcionar como agencia de cambios con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

  • Personas Físicas
  • Supermercados
  • Cadenas de electrodomésticos
  • Hoteles
  • Cualquier otro comercio podrán operar con monedas extranjeras además de su actividad principal

 

  • Personas jurídicas: con actividades comerciales, industriales o de otra naturaleza.
  • Personas físicas: deberán actuar como personas jurídicas unipersonales, pueden ser sociedades por acciones simplificadas (SAS) y las sociedades anónimas unipersonales (SAU).

 

No se autorizará a los sujetos que no estén familiarizados con el movimiento de dinero en cantidad, como los kioscos y almacenes de barrio.

Sí se habilitará a las grandes cadenas de supermercados, de venta de electrodomésticos y hoteles.

También serán habilitados los sitios de pago de facturas, como PagoFácil y RapiPago, podrán hacer operaciones cambiarias.

 

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