REVISION Nomenclatura DIAN 2020

La DIAN es el organismo encargado de regular todo lo relacionado al pago de impuestos y aranceles en Colombia, por lo que controla los mecanismos para realizar estos trámites.

 

Nomenclatura DIAN 2019

Uno de los aspectos que debe tomar en cuenta todo contribuyente es la nomenclatura DIAN 2020, tanto la arancelaria como la de direcciones, a fin de realizar bien la escritura de direcciones y aranceles del Modelo Único de Ingreso, Servicio y Control Autorizado (MUISCA).

Nomenclatura DIAN 2020

El MUISCA es un modelo de gestión implementado por la DIAN a fin establecer los aspectos organizacionales, de procesos y tecnología como ejes fundamentales del mismo. Para esto, es necesaria la implementación de códigos para escribir direcciones y especificar procesos arancelarios. Por eso te presentamos la nomenclatura DIAN tanto para aranceles como para direcciones.

 

Nomenclatura DIAN 2020 – Direcciones

Para escribir una dirección correctamente y presentarla a la DIAN, debes usar la siguiente nomenclatura:

 

Nomenclatura DIAN 2020 – Direcciones

AC

Avenida calle

AD

Administración

ADL

Adelante

AER

Aeropuerto

AG

Agencia

AGP

Agrupación

AK

Avenida carrera

AL

Altillo

ALD

Al lado

ALM

Almacén

AP

Apartamento

APTDO

Apartado

ATR

Atrás

AUT

Autopista

AV

Avenida

AVIAL

Anillo vial

BG

Bodega

BL

Bloque

BLV

Boulevard

BRR

Barrio

C

Corregimiento

CA

Casa

CAS

Caserío

CC

Centro comercial

CD

Ciudadela

CEL

Célula

CEN

Centro

CIR

Circular

CL

Calle

CLJ

Callejón

CN

Camino

CON

Conjunto residencial

CONJ

Conjunto

CR

Carrera

CRT

Carretera

CRV

Circunvalar

CS

Consultorio

DG

Diagonal

DP

Depósito

DPTO

Departamento

DS

Depósito sótano

ED

Edificio

EN

Entrada

ES

Escalera

ESQ

Esquina

ESTE

Este

ET

Etapa

EX

Exterior

FCA

Finca

GJ

Garaje

GS

Garaje sótano

GT

Glorieta

HC

Hacienda

HG

Hangar

IN

Interior

IP

Inspección de Policía

IPD

Inspección Departamental

IPM

Inspección Municipal

KM

Kilómetro

LC

Local

LM

Local mezzanine

LT

Lote

MD

Módulo

MJ

Mojón

MLL

Muelle

MN

Mezzanine

MZ

Manzana

NOMBRE VIA

Vías de nombre común

NORTE

Norte

O

Oriente

OCC

Occidente

OESTE

Oeste

OF

Oficina

P

Piso

PA

Parcela

PAR

Parque

PD

Predio

PH

Penthouse

PJ

Pasaje

PL

Planta

PN

Puente

POR

Portería

POS

Poste

PQ

Parqueadero

PRJ

Paraje

PS

Paseo

PT

Puesto

PW

Park Way

RP

Round Point

SA

Salón

SC

Salón comunal

SD

Salida

SEC

Sector

SL

Solar

SM

Súper manzana

SS

Semisótano

ST

Sótano

SUITE

Suite

SUR

Sur

TER

Terminal

TERPLN

Terraplén

TO

Torre

TV

Transversal

TZ

Terraza

UN

Unidad

UR

Unidad residencial

URB

Urbanización

VRD

Vereda

VTE

Variante

ZF

Zona franca

ZN

Zona

 

Nomenclatura DIAN 2020 – Arancelaria

Para realizar la partida arancelaria de un producto también se aplica una nomenclatura establecida por la DIAN:

 

Nomenclatura DIAN 2020 – Aranceles

Sección I

Reino Animal

Sección II

Reino Vegetal

Sección III

Grasas y aceites animales o vegetales

Sección IV

Productos de las industrias alimentarias

Sección V

Productos minerales

Sección VI

Industrias químicas

Sección VII

Plástico y sus manufacturas

Sección VIII

Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera

Sección X

Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas

Sección XI

Materias textiles y sus manufacturas

Sección XII

Calzado, sombrero y demás, tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes

Sección XIII

Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto, mica o materias análogas

Sección XIV

Perlas finas o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precios

Sección XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales

Sección XVI

Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes

Sección XVII

Material de transporte

Sección XVIII

Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión

Sección XIX

Armas, municiones, y sus partes y accesorios

Sección XX

Mercancías y productos diversos

Sección XXI

Objetos de arte o colección y antigüedades

 

Bonus: ¿Cuales son los usuarios aduaneros?

  • Agente de carga internacional: Persona jurídica con el objetivo social de consolidar y desconsolidar de la carga internacional, con el fin de maximizar la utilización de las rutas y fletes, por lo cual, se requiere autorización la cual es otorgada por la DIAN.
  • Agente maritimo: Persona natural o jurídica, representa a Colombia cuando un buque extranjero llega a alguno de los puertos marítimos nacionales o sale de ellos.
  • Almacén general de depósito: Lugar habilitado para el almacenamiento de los productos y bienes provenientes o salientes del país; vigilada por la superintendencia bancaria y la direcciones de impuestos y aduanas.
  • Comercialización Internacional: Persona que apoya como instrumento de apoyo a las exportaciones, dirigiendo las actividades hacia la promocion y comercializacion de productos colombianos en el comercio exterior.
  • Depósito franco: Almacén para exhibir y vender a viajeros extranjeros, productos y mercancía nacional o extranjera. Esta no podrá tener adicionalmente la seguridad de la calidad y la seguridad aduanera.
  • Depósito público: Persona jurídica en la cual, la dirección de impuestos aduanas nacionales, el cual, las habilita un lugar para almacenar bajo el control aduanero, mercancía de cualquier usuario del comercio exterior.
  • Exportador: Individuo que realiza operaciones de exportacion de mercancia nacional, hacia los demas paises del mundo.
  • Importador: Individuo que realiza operaciones de exportacion de mercancia nacional, hacia los demas paises del mundo.

 

El uso de la Nomenclatura DIAN 2020 te permite llenar tus documentos de manera correcta, además, te permite organizar y clasificar mejor la información, haciendo los procesos más eficientes y ordenados.

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*