Cotizacion Divisas AFIP para Bienes Personales 2014-2015

La declaración jurada de Bienes Personales, obliga a los alcanzados por el tributo a que si al 31 de Diciembre del anterior año, en este caso al 31 Diciembre 2014 tuvieron bienes en el país y en el extranjero y/o monedas extranjeras como dólares, ya pueden consultar los valores actualizados por AFIP en forma las tablas de valuación de Bienes Personales y los bienes alcanzados y exentos.

Con los nuevos valores, los contribuyentes alcanzados por Bienes Personales pagarán más y otros ingresarán alcanzado por Bienes Personales. No modificaron el tope que seguirá fijo, y subieron las valuaciones de inmuebles, autos, motos y demás bienes en Bienes Personales 2014-2015. El Impuesto a los Bienes Personales en encarga de alcanzar la valuación Bienes Personales que posean al 31 de Diciembre de cada año, al 31 de Diciembre de 2014 en el país y en el exterior.

Cotizacion Divisas AFIP para Bienes Personales 2014-2015

Pueden consultar las tablas de valuación Bienes Personales 2014-2015.

Deben declarar el dólar ahorro ante AFIP aquellos contribuyentes, sean empleados en relación de dependencia o  monotributistas, en la declaración jurada en Bienes Personales e informar si guardaron los dólares, los usaron para viajes o revendieron sus dólares al tipo de cambio dólar blue.

Recordando que influyen las divisas compradas en el mercado cambiario oficial si son dólares afectan al Dolar ahorro y la declaración jurada de Ganancias 2014-2015, y sobre la liquidación del Impuesto sobre los Bienes Personales.  Si poseen otros bienes, y dólares que no gastaron al tipo de cambio del 31 de Diciembre, y propiedades, autos y otros bienes, siempre que superen $305.000 de tope.

Las compras de moneda extranjera deben pasar por un control junto a los datos de los que las compraron están obligados a informar en sus declaraciones juradas anuales. Son a los que autorizó AFIP a comprar, u$s1.000 por mes. En caso que al 31 de Diciembre no viajaron al exterior, o no compraron nada con esos dólares un inmueble por ejemplo,  tendrán que ingresar el monto en su declaración jurada el monto u$s12.000 que, valuados al 31 de Diciembre de 2015 $8.46 por dólar unos $101.520.

Si incluyera un departamento o auto y que dichas valuaciones fiscales u oficiales fueran de $189.000, tendrán que pagar Bienes Personales. Por lo que la base imponible de Bienes Personales aumenta al incluir moneda extranjera.

Dólares Exentos:

En base a las condiciones en la compra de los dólares, si fueron depositados en un banco o los guardaron debajo del colchón. Si  tuviera los fondos al 31 de Diciembre de 2014 en una caja de ahorro en dólares, los dólares quedan exentos de Bienes Personales. Si, los dólares u otras divisas en una caja de seguridad de un banco o, en su casa, son alcanzados por la base imponible de Bienes Personales.

En elc aso de ser millonarios y tuvieran 5 millones de dólares en una caja de ahorro en dólares a fines de 2014, estarían exentos. Si elegieran no ponerlos en una cuenta bancaria y si  en una caja de seguridad, pagarían $530.000 por Bienes Personales, y una alícuota del 1,25% más alta.

Plazo para Declarar los Bienes:

Parte de estos bienes que posean los contribuyentes deberán liquidarlos via el impuesto a los Bienes Personales en Abril y Mayo.

Tablas Valuaciones Bienes Personales 2014-2015:

Moneda Extranjera:

Bonos y Deuda:

Títulos Públicos:

Fondos Comunes de Inversión:

Cuentas:

Exentos:

-Están exentos los depósitos en moneda argentina y extranjera a plazo fijo en caja de ahorro

-Las cuentas especiales de ahorro en entidades financieras, y los títulos y bonos del Gobierno Nacional, Provincias y Municipios.

-Si el dinero está en una caja de seguridad o “bajo el colchón” es alcanzado por Bienes Personales.

Moneda Extranjera: Dólares

En 2015, los contribuyentes deberán declarar los dólares-ahorro adquiridos con autorización de la AFIP en 2014, que posean fuera de los bancos, al tipo de cambio de $ 8,451 por dólar y no fueron utilizados en otras compras registradas.

 

 

 

pasado por un valor superior $ 305.000, valuados según Ley 23.966 Art. 22 para bienes situados en el país y Art. 23 para bienes situados en el exterior, deberá presentar la Declaración Jurada anual utilizando la versión vigente del programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales” (según se establece en la RG 2428/08), completando únicamente la parte correspondiente a Bienes Personales. La misma se realiza teniendo en cuenta el vencimiento de bienes personales.

Documentación para Confeccionar su Declaración Jurada:

  • Fecha de incorporación al patrimonio
  • La valuación al 31 de Diciembre del Período Fiscal al que corresponde la declaración jurada

En todos los casos, ya sean bienes, automotores, acciones, fondos comunes de inversion, titulos publicos, creditos, depositos en dinero, dinero en efectivo, deudas, se debe tener en cuenta la Cotización de Moneda Extranjera: que son las  valuaciones publicadas por la AFIP al cierre del ejercicio que se liquida y al cierre del ejercicio anterior, para documentos que coticen en mercados extranjeros.

Ademá de definir los valores para realizar la Declaración Jurada anual sobre los Bienes Personales dando los montos a considerar al momento de tener que informar el patrimonio la AFIP  precisa en cada ejercicio la valuación de activos en la moneda extranjera.

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