AFIP Dolar MEP es uno de los temas del momento en los mercados que vienen sufiendo un fuerte control de AFIP y del Central buscando encerrar al dólar bolsa como se dio a partir de la circular de AFIP impidiendo deducir de Ganancias de personas jurídicas las pérdidas contables por comprar dólares legales a precio del blue.
AFIP Dolar MEP:
El Central va por la cotización paralela y legal del dólar que venía a toda marcha el «contado con liquidación» y el mercado informal, paralelo o ilegal se ve perseguido por AFIP ante la caceria de brujas que lanzó ene ste caso sobre el «dólar Bolsa» o «dólar MEP» al vender bonos a cambio de divisas en el mercado bursátil lo queredujo el volumen operado.
Así AFIP impide deducir de Ganancias la pérdida que aducen los compradores, al pagar un tipo de cambio paralelo por los dólares comprados y que computan al tipo de cambio oficial. El dólar Bolsa o dólar MEP se trata de la operación cambiaria via la compraventa de bonos soberanos en la bolsa local.
En el mercado bursátil los bonos emitidos en moneda extranjera registran precio en pesos y otro en dólares y al precio en dólares le llaman «D» por el ticker de los bonos, lleva una «D» reflejando su precio en dólares, el ticker del bono Bonar X (AA17) y en dólares es (AA17D).
La modalidad de los inversores es usar los pesos para comprar bonos en pesos y revenderlos en dólares. El Bonar X cotizando en $1.103 y u$s100, el tipo de cambio implícito para la operación en el precio por dólar que deben pagar seria $11,98. en si se trata de una operación cambiaria legal pero al tipo de cambio paralelo, un mix.
Descuento de Pérdidas en los Balances:
En el caso de las empresas que descontaron la pérdida tendrán que corregir en sus balances retroactivamente. Ya que AFIP revisará los balances que tengan 5 años. Existen empresas -mientras que las personas físicas no están alcanzadas por el impuesto a las utilidades- que luego de concretar dicha operación eliminaban sus tenencias de pesos en sus declaraciones de Ganancias para declarar los dólares al tipo de cambio $8,52, es decir al tipo de cambio oficial declarando asi en pesos reflejaba pérdida, y deducible de Ganancias.
El titular de AFIP, Ricardo Echegaray señalaba que «Esta operatoria es un ardid cuyo único objetivo es realizar una planificación fiscal nociva que busca evadir el pago del Impuesto a las Ganancias sin una razón fundada y abusando de la ley», a partir de la Circular N´ 5 de AFIP que impide deducir dicha pérdida de Ganancias.
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